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Noticias -> Informes

La Lucha por la Tierra Comunitaria continua

04/22/02
Por: Celio Alvarez
ORGANIZACIÓN DE DESARROLLO ETNICO COMUNITARIO
APDO. POSTAL #538 La Ceiba, Atlántida Honduras C. A.
TEL (504) 443-3651 FAX (504) 443-4642
E- Mail: odeco@caribe.hn
calvarez@caribe.hn

15 de abril del 2002

La Lucha por la Tierra Comunitaria continua....

Abogado

Erasmo Portillo

Ministro Director del INA

Tegucigalpa, M. D. C.

Distinguido Señor Ministro:

Queremos una vez mas dirigirnos a usted para enfatizar la legitimidad de nuestras actuaciones y expresarle las preocupación con respecto a los puntos que especificamos a continuación: 1. Como es de su conocimiento que el pasado 25 de Enero del presente año, en la ciudad de La Ceiba, Centro Cultural Satuye, el ex Ministro Director del INA Lic. Aníbal Delgado Fiallos, hizo entrega de los títulos de propiedad de las comunidades Garifunas del Departamento de Islas de la Bahía, a señalar: · Cayo Chachaguate, · Cayo Bolaños y · Cayo Eastend,

Dichos Títulos Definitivos de Propiedad fueron otorgados de conformidad a la Constitución de la Republica, La Ley de Reforma Agraria, Ley para la Modernización y el Desarrollo del Sector Agrícola, el Convenio 169 de la OIT sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes; y el ACUERDO DEL 11 DE OCTUBRE DE 1996.

De igual manera, en el mismo lugar y fecha fueron entregados los títulos de las comunidades de San José de la Punta e Iriona Viejo, en donde se le reconocen importantes posesiones ancestrales utilizadas como áreas de cultivo de dichas comunidades.

Posteriormente en fecha 18 de Marzo de 2002, el INA recibió un Fax, proveniente del Registro de la Propiedad Inmueble y Mercantil de las Islas de la Bahía, en el que sencillamente se deniega la inscripción de los títulos otorgados por el INA a favor de las comunidades Garifunas de los Cayos Cochinos.

Esta negación del derecho de propiedad a las comunidades insulares, por parte de un funcionario publico que pretende desconocer y que por supuesto esta infringiendo los términos constitucionales sobre la importancia y la prevalencia establecida en el Articulo 18 de la Constitución de la Republica, que otorga al tratado internacional una jerarquía superior a cualquier otra Ley, indicando que: “ En caso de conflicto entre el tratado o convención y la Ley prevalecerá el primero.”

Mas enérgica es nuestra carta magna al establecer inclusive a los Jueces de la Republica lo siguiente: “En caso de incompatibilidad entre una norma constitucional y una legal ordinaria, el juez aplicara la primera.” Tal es el caso del Convenio 169 de la OIT.

Todo funcionario publico al tomar posesión de su cargo presta la promesa de ley: PROMETO SER FIEL A LA REPUBLICA, CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LA CONSTITUCION Y LAS LEYES”.

Al tenor de lo anterior, es meritorio hacer mención que el Instituto Nacional Agrario, es en primera instancia el órgano del Estado a cargo de titular y disponer de las tierras para destinarlas a la Reforma Agraria; pero también encargado de cumplimentar a través de dicho proceso de titulación los preceptos enmarcados en el Convenio 169. 2. Por otro lado Señor Ministro, el Gobierno del Lic. Ricardo Maduro a depositado en sus manos, a la institución que debe velar por el respeto del patrimonio mas importante para las comunidades Garifunas y en cumplimiento a los mandatos instituidos implícitos en el desempeño de su cargo, Usted como conocedor de las Leyes de la Republica, es la persona mas idónea para pronunciarse respecto a la negativa de inscripción de los instrumentos supraindicados, ya que en su humanidad se personifican las intenciones y compromisos de nuestro Presidente enmarcados en el numeral 7 del Compromiso de Campaña suscrito el 14 de Noviembre del ano pasado, mismo que textualmente dice “Apoyare la culminación del proceso de Titulación, Ampliación y Saneamiento de las tierras de las Comunidades Afrohondureñas y Negras en general.”

En ese sentido y conociendo la urgente necesidad de las comunidades para que le sean legalizadas sus tierras ancestrales, solicitamos del INA una actitud mucho mas consecuente respecto a la inscripción de los instrumentos legales que consignan y nominan el derecho de las comunidades de Cayo Bolaños, Cayo Eastend, y Cayo Chachaguate, para que interponga todas sus facultades con el fin de que el Registrador de la Propiedad de Roatán inscriba con la mayor brevedad dichos títulos. Es decir que las actitudes antojadizas del Registrador de la Propiedad, no deberían estar por encima de un mandato Constitucional ni tampoco debe ser contraria a lo establecido en el Convenio 169 de la OIT, y mucho menos contradecir la voluntad política, derivada de preceptos legítimamente jurídicos como resultado de un compromiso suscrito entre el Ejecutivo y las comunidades Afrohondureñas.

Por otro lado Señor Ministro, en su correspondencia enviada con fecha 5 de marzo del año en curso, algunos detalles no responden a las inquietudes que la ODECO observa en cada caso a decir: a) La solicitud de Plaplaya: No se menciona en lo absoluto el Acuerdo de Walumugu, que surgió en la reunión del 8 de junio, y que contiene una línea clara sobre la que puede basarse la titulación en el Municipio de Juan Francisco Bulnes. b) En el caso de la comunidad de Masca, no se establece una fecha precisa para la ejecutoria de tales diligencias, es decir no se determina fechas para que a su vez la ODECO pueda coordinar junto a la comunidad algunas acciones comunales para facilitar el proceso. c) En el caso de La Ensenada, no se nominan los posibles individuos a los que se les afectara sus dominios, información que necesitamos a la brevedad. d) Sobre el caso de San Antonio hay mucho que decir, sin embargo en atención a la nota, se menciona que podrían ser transferidos al Patronato, previa solicitud del INA. Además menciona algo sobre la realización de la investigación agronómica previa a la delimitación del área. Pensamos que el INA debe adjudicar las 31 Has resultantes de mensura sin perjuicio de llevar a cabo otras diligencias conducentes a adjudicar el resto de la tierra que la comunidad esta solicitando y que corresponden a su perímetro ancestral. e) Sobre la comunidad de Nueva Armenia, Diremos que a esta comunidad se le ha venido negando jurídicamente el acceso a las tierras que han venido ocupando ancestralmente ya que en realidad no existe el denominado “Grupo Campesino El Edén” sino que se trata solo de un grupo familiar interesado en despojar a la comunidad de gran parte de sus tierras. f) En el caso de Nueva Go, el INA menciona que es necesario anular títulos otorgados por el mismo INA que están viciados de nulidad y que se implementara un operativo para solicitar a los ocupantes la declaración jurada y establecer un inventario de títulos a efecto de promover dichas acciones. Nuestra reacción a esta propuesta es: Sin comentarios. G) sobre el caso de las comunidad de Miami, seria importante conocer cuando se efectuara la entrevista con los nuevos funcionarios para realizar los tramites del traspaso y posterior adjudicación a favor de la Comunidad. H) Sobre las comunidades de Triunfo de la Cruz y Sambo Creek, las explicaciones son mas amplias y cualesquier otra observación adicional a las expresadas en el documento se harán conforme se avance en el proceso.

Reiteramos Señor Ministro, que la problemática tierra de las Comunidades Garifunas y Afrohondureñas en general, merecen especial y emergente atención, y obviamente con la puesta en marcha de un programa ágil y dinámico de titulación, ampliación y saneamiento de Tierras, implementado por el Gobierno, se podrán disminuir los índices de pobreza que aquejan a las mayorías desposeídas del país.

Por lo anteriormente expuesto solicitamos nos conceda una audiencia para el día lunes 22 de abril a las 11:00 de la mañana y continuar en la búsqueda de soluciones a la problemática de las Comunidades Afrohondureñas donde podríamos discutir la siguiente agenda: · Informe actualizado sobre las diferentes solicitudes de titulación y ampliación presentadas ante el INA desde 1999. · Informe sobre las Comunidades que ya están en tramite de Unificación de Títulos. · Posibilidades de Apoyo Técnico y Financiero para la Producción en las Comunidades Garifunas. · Procedimiento para la titulación - ampliación de las comunidades del Municipio de Gracias a Dios. · Certificación y Copia del Titulo Definitivo de Propiedad de la Comunidad de Plaplaya, extendida por el INA, con fecha 17 de Mayo de 1994. · Cronograma de trabajo de la Unidad de Proyectos Especiales, del INA en el área Garífuna. · Acuerdos y Resoluciones · Cierre

Reiterando nuestros deseos de colaboración y agilización del proceso, esperamos su pronta repuesta. Quedo de usted.

Atentamente,


Lic. Celeo Alvarez Casildo

Presidente ODECO

Copias:

Doctor Luis Cosenza. Ministro de la Presidencia.

Doctor Jorge Ramón Hernández Alcerro. Ministro de Gobernación y Justicia.

Patronatos de las Comunidades Garifunas de Honduras.

Organizaciones fraternas en el ámbito nacional e internacional.

Asesoría Legal ODECO

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